Autónomos que os vais de vacaciones: cuidado porque Hacienda no cierra
Hacienda no cierra ni en verano. Uno de los problemas con los que se encuentran habitualmente los trabajadores autónomos es precisamente ese. Irse de vacaciones y a la vuelta encontrarse con varias notificaciones de la Agencia Tributaria. ¿Qué hacer si ocurre esto y si ha pasado un plazo considerable desde que se recibieron dichas notificaciones? En Quipu tienen la respuesta.
Desde Quipu recuerdan que el Tribunal Supremo aprobó el 13 de mayo de 2015 una sentencia que establece que si se entiende que el contribuyente está de vacaciones dichas comunicaciones de Hacienda carecerían de validez por lo que se debería volver a notificar al interesado antes de imponerle una sanción.
Demostrar que se está de vacaciones
De hecho, recalcan que la Agencia Tributaria puede enviar notificaciones en el mes de agosto pero si se demuestra que el contribuyente no ha tenido conocimiento de su recepción, no serán válidas a efectos legales.
No obstante, lo que deberá hacer el autónomo al llegar de sus vacaciones es acudir a la Delegación de la Agencia Tributaria para explicar su situación y comprobar si aceptan o no sus explicaciones. En el caso de no hacer nada, Hacienda impondrá la sanción reglamentaria y otro tipo de sanciones y multan en el caso de que exista retraso en la respuesta y en el pago.
30 días de cortesía
Hacienda no solo puede notificar la sanción por correo postal, sino que también lo hace de manera electrónica. Las empresas sí están obligadas a disponer de esta vía de comunicación. Si se ha recibido una de estas, se dispone de 10 días hábiles desde la recepción para dar una respuesta. Pasado este plazo se dará la notificación por leída y si no se ha contestado, se empezarán los trámites pertinentes sin posibilidad de recurrir.
En este caso, la empresa puede utilizar los 30 días de cortesía para que Hacienda no le pueda enviar notificaciones mientras está de vacaciones. Dicho trámite se debe hacer unos 7 días antes del primer día que se quiere dejar de recibir notificaciones. Para ello hay que solicitarlo a través de ‘Mis notificaciones’ en la web de la Agencia Tributaria.
Si se dispone de una asesoría que se encarga de los trámites, también se les puede dejar como apoderados para responder a las notificaciones.