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En qué consiste la ayuda por bajos ingresos para autónomos


Las prestaciones, las ayudas y el intento por salvar la economía de los trabajadores es el dolor de cabeza para muchas personas a diario. La ayuda de bajos ingresos para autónomos, está destinada a aquellos trabajadores por cuenta propia que no cumpliesen las condiciones para acceder a las ayudas anteriores, como por ejemplo tener cotizados los últimos doce meses o tener una tarifa plana.


El RDLey 30/2020, pretende defender el empleo y garantizar la viabilidad de las empresas, para lo que prorroga la aplicación de las medidas excepcionales para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. También prevé nuevas medidas de suspensión y reducción de jornada causadas por impedimentos o limitaciones en el desarrollo de la actividad de las empresas, así como la protección del alquiler de vivienda.


Ayudas para afectados por el Covid-19 especialmente vulnerables


Raro es el caso de un ciudadano en España que no tenga algún problema laboral o económico, derivado de la pandemia. La crisis sanitaria parece haber quedado en un segundo plano, al contemplar los casos de hombres y mujeres que no pueden salir adelante sin alguna ayuda por por parte del Estado.


Para acceder a esta prestación por bajos ingresos, estos no deben superar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), fijado en 950 euros durante el último trimestre del año. Además, también tendrán que demostrar que sus ingresos han bajado un 50% en este cuarto trimestre, con respecto a los tres primeros meses del año.


De cuánto es la ayuda y qué ocurre con las cuotas


La cuantía será del 50% de la base mínima de cotización. Por último, aquellos que reciban la ayuda por bajos ingresos estarán exonerados de abonar las cuotas y también se les contabilizará como periodo cotizado.


Estas nuevas ayudas estarán vigentes hasta el próximo 31 de enero de 2021. Se han prorrogado de forma automática otras dos medidas que ya estaban activas durante los meses de verano: la prestación por cese de actividad ordinaria, para los trabajadores que no recuperasen sus ingreso o que, incluso, vieran empeorar su situación en el cuarto trimestre.


Por otro lado, también se prorrogan las ayudas a autónomos de temporada, con una pequeña modificación: para cumplir los requisitos de esta prestación, se tenía que haber trabajado al menos cuatro meses al año en los dos últimos años entre marzo y octubre; ahora es entre junio y diciembre.


Ahora sólo falta que la Administración pueda gestionar este volumen de trabajo y que el dinero llegue más pronto que tarde a todos los que lo reclaman y llevan meses esperando.

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