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Así funciona la prestación por contingencias comunes en autónomos


Los autónomos cotizan por diferencias contingencias. Cuando un profesional por cuenta propia abona su cuota mensual a la Seguridad Social, en muchas ocasiones, no tiene claro por qué y para qué está pagando dicha cantidad. En esta ocasión explicaremos el concepto de contingencia común. ¿Qué parte de nuestra cuota va dirigido a ello? ¿Para qué nos sirve?


Lo primero que debemos tener claro es que las contingencias comunes permiten al autónomo cobrar cuando no puede trabajar, en caso de enfermedad común. No entran aquí las bajas derivadas de un accidente laboral, por ejemplo.


Será indispensable estar al corriente de las cuotas de la SS


Tal y como explican desde Mutua Montañesa, esta prestación por incapacidad temporal se podrá cobrar cuando el autónomo no pueda desempeñar su trabajo (de forma temporal) debido a un accidente o una enfermedad. En el caso de los trabajadores autónomos, la Mutua Colaboradora que le corresponda será la que se encargue de la gestión de esta prestación.


Será indispensable que el trabajador esté dado de alta en el RETA (o régimen correspondiente), así como estar al día con las cuotas de cotización a la Seguridad Social. Además, siendo un accidente laboral, será necesario que tenga cotizados, al menos, 180 días los 5 años anteriores a la fecha de esta baja.


Los primeros días no se cobrará nada


Los porcentajes de prestación que se cobren no serán los mismos durante todos los días de la baja. Así, durante las tres primeras jornadas no se percibirá ninguna ayuda. Será a partir del cuarto día, y hasta el 20, cuando se cobre un 60% de la base reguladora. A partir del día 21 se subirá ese porcentaje hasta un 75%.


El máximo permitido para percibir esta prestación por incapacidad temporal será de 365 días. Pasado este periodo será la Seguridad Social la que decida si se continúa en dicha situación otros 180 días más o se tramita el alta.


En caso de que el trabajador no hubiese mejorado en ese periodo de tiempo (los 365 iniciales, más los 180 ampliados), la SS podrá optar por comenzar los tramites para conceder una incapacidad permanente.



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