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Trabajo ya multa con 7.500 euros a las empresas por no tener plan de igualdad

La Inspección inicia un campaña de control a las firmas con más de 50 empleados



La Inspección de Trabajo ya multa a las compañías que no tienen aprobado un plan de igualdad con hasta 7.500 euros. La Inspección ya ha iniciado los controles para asegurarse que las empresas cumplen con esta obligación que establece el Real Decreto de 2020 que desarrolla la Ley de Igualdad.


La norma obliga a las empresas con más de 50 empleados a tener estos planes antes de marzo de 2022 y exige a las firmas que no tienen representación sindical o la tienen incompleta a llamar a los sindicatos del sector para negociarlos.

Por tanto, aquellas empresas que tienen obligación de disponer de plan de igualdad, aunque se encuentren en el proceso de elaboración y negociación del mismo, pueden ser sancionadas por Trabajo. Pero si existen circunstancias que justifiquen la demora en el cumplimiento de dicha obligación, pueden ser argumentadas a efectos de evitar o, al menos, reducir la posible sanción.

Cabe recordar que la norma establece que las compañías deben depositar estos planes en el Registro de Planes de Igualdad. Estos programas deberán contener medidas para evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual o por razón de sexo y arbitrar fórmulas para su prevención.

En su contenido debe figurar un diagnóstico de la situación de la empresa, los resultados de la auditoría retributiva, objetivos cuantitativos y cualitativos, medidas concretas para asegurar la igualdad, calendario de actuaciones y un sistema de seguimiento y evaluación. Los planes no podrán tener una vigencia superior a cuatro años.



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